Agencia Uno

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó medidas provisionales por 10 días seguidos a siete empresas del cordón industrial de Concón, Quintero y Puchuncaví.

El organismo tomó la decisión tras constatar un aumento en las atenciones de salud con diagnóstico asociado a contaminación atmosférica en distintos centros de urgencias de Quintero.

A ello se sumó la declaración de Gestión de Episodios Críticos (GEC) por parte de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y por datos arrojados por dos de los siete equipos Pyxis instalados en la bahía.

La decisión del ente se dio a conocer este martes luego de que se anunciara la suspensión de clases en recintos municipales y particulares subvencionados de Quineto, debido a la emergencia ambiental.

Las medidas que comenzaron a regir de manera inmediata están ordenadas a las empresas ENAP Refinerías S.A., Compañía de Petróleos de Chile Copec S.A., Lipigas, Oxiquim S.A., Abastible, Empresa Nacional de Energía ENEX S.A. y BASF Chile S.A.

La superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que estas medidas provisionales “se ordenan en atención a que los episodios de intoxicación registrados durante la jornada de hoy (martes) se relacionarían con la emisión de Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs) en el cordón industrial de Concón, Quintero y Puchuncaví”.

“Como no es posible todavía determinar a un causante específico de los eventos es que, sobre la base del principio preventivo y precautorio, se proceden a dictar medidas en contra de las empresas que más emiten estos compuestos en la zona. Dichas medidas limitan de forma directa su actividad productiva, sin perjudicar el abastecimiento primario”.

¿Cuáles son las medidas ordenadas?

  • Ante condición de “mala ventilación” y/o dos promedios horarios consecutivos de inversión térmica mayor o igual a 1,5°C: Reducir en un 70% sus flujos nominales de cargas y descargas de productos combustibles que emitan COVs, así como también reducir en 50% cargas y/o transporte de productos combustibles de camiones.
  • Ante condición de “regular ventilación”: reducir en un 50% sus flujos nominales de cargas y descargas de productos combustibles que emitan COVs, así como también reducir en 30% cargas y/o transporte de productos combustibles de camiones.
  • En caso de que no exista carga y descargas de combustibles, se aplicará el plan operacional correspondiente a cada empresa, considerando una condición de “mala ventilación”.
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