El Segundo Tribunal Ambiental acogió en parte una reclamación en contra de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y anuló parcialmente la aprobación ambiental del proyecto “Planta productiva Licán Alimentos” ubicado en la comuna de Teno, Región del Maule.

La sentencia concluye que tanto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto como aquella en que el SEA rechazó el recurso administrativo presentado por el vecino y concejal, Matías Rojas, contra dicha aprobación “contienen vicios de legalidad pues no consideraron debidamente la observación ciudadana respecto de la falta de antecedentes que justificaran la inexistencia de impactos sobre especies acuáticas” en el río Teno.

Este punto había sido planteado por la Subsecretaría de Pesca (Subpesca) durante el procedimiento de evaluación de la Planta, lo que, a juicio del Tribunal, tiene repercusión en las condiciones o exigencias dispuestas en la RCA, así como en los compromisos ambientales voluntarios planteados por la empresa.

El Tribunal Ambiental ordenó al SEA retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental de la iniciativa, con el objeto de dictar un nuevo informe “que incorpore aquellos aspectos vinculados con los impactos de la descarga de RILes (residuos líquidos industriales) del proyecto sobre el Canal Teno Chimbarongo”.

Sumado a lo anterior, también considera los aspectos que “fueron observados por Subpesca”. El fallo ordena también suspender los efectos de aquella parte no anulada de la RCA por todo el tiempo que dure la evaluación ambiental de la parte viciada. “De esta forma, el proyecto no puede ser ejecutado hasta no contar con esta última resolución”.

Ante este Tribunal se presentaron dos reclamaciones que buscaban invalidar la aprobación ambiental de la planta productiva Lincán Alimentos, la primera de ellas interpuesta en marzo de 2021 Municipalidad de Teno, que fue rechazada y la segunda, presentada por el concejal en agosto de 2021.

El proyecto, que ingresó en 2019  al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), consiste en la construcción y operación de una planta industrial de producción de proteínas funcionales de alta calidad derivadas de sangre animal, para consumo animal y humano.

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